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La lista de deudas que no pueden ser eximidas por la ley de la Segunda Oportunidad

3/9/2024

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La ley de la Segunda Oportunidad es una normativa que exime de deudas en cierta parte a aquellas personas que no pueden cumplir con ellas por estar en una situación de carencia económica. “En materia de tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional, se ha podido constatar que resulta inaplazable atender a la situación económica desfavorable de un importante número de ciudadanos que, no siendo beneficiarios del derecho de asistencia jurídica gratuita, debe ser objeto de atención en cuanto al impacto que sobre ellos está teniendo el sistema de tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional”, explica el contenido oficial de esta ley.

A efectos de esta situación, se añade en el documento oficial que “las modificaciones que se introducen conllevan un efecto favorable inmediato, dado que la entrada en vigor de esta Ley supondrá la exención del pago de la tasa por parte de las personas físicas”.

Algunas deudas eximidas por esta ley
Hay algunas deudas que se eximen de alguna manera y regulado mediante una ley especial a aquellos/as que no tienen la suficiente liquidez económica para hacerles frente. Se trata de algunos casos como el de la hipoteca que, según el Real Decreto-ley 6/2012 de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos una vez modificado detalla que “se considerarán situados en el umbral de exclusión aquellos deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual, cuando… el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar no supere el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples anual de catorce pagas”. 

También se dan exenciones en deudas de otro tipo, como es el caso de los impuestos en materia de IRPF que se pagan a través de la declaración anual de la Renta. Según el texto a este respecto, los contribuyentes que “perciban las prestaciones a que se refiere el sexto párrafo del apartado 1 del artículo 81 bis de esta Ley podrán practicar las deducciones reguladas en dicho apartado y percibirlas de forma anticipada en los términos previstos en el artículo 60 bis del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”

Las deudas que no pueden ser eximidas
Sin embargo, hay otra serie de deudas que no pueden ser eximidas y las recoge el Artículo 489 de la Ley concursal, detallando que son las siguientes según el texto original:

Por responsabilidad civil extracontractual, relacionadas con muerte o daños personales así como las indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Por créditos de Derecho público. Solo las deudas gestionadas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria podrán exonerarse, siempre hasta un máximo de diez mil euros por deudor; para los primeros cinco mil euros de deuda, la exoneración será íntegra, y a partir de esta cifra, la exoneración alcanzará el cincuenta por ciento de la deuda hasta el máximo indicado. Asimismo, las deudas por créditos en seguridad social podrán exonerarse por el mismo importe y en las mismas condiciones.
Por multas impuestas al deudor en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves.
Por responsabilidad civil derivada de delito.
Por alimentos, por ejemplo la deuda por el impago de una pensión de alimentos.
Por salarios correspondientes a los últimos sesenta días de trabajo efectivo realizados antes de la declaración de concurso, en una cuantía que no supere el triple del salario mínimo interprofesional, así como los salarios devengados durante el procedimiento, siempre que su pago no haya sido asumido por el Fondo de Garantía Salarial.
Por costes y gastos judiciales derivados de la tramitación de la solicitud de exoneración.
Deudas con garantía real (en las que el prestatario pone como aval un bien), sean por principal, intereses u otros conceptos debidos, dentro del límite del privilegio especial, calculado conforme a lo establecido en esta ley.

Fuente: ​https://lagradaonline.com/hype/deudas-no-pueden-ser-eximidas/ 


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