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APROBADOS DOS ANTEPROYECTOS DE LEY DEL Mº DE JUSTICIA DE INTERÉS: EFICIENCIA PROCESAL Y EFICIENCIA ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA JUSTICIA

13/4/2022

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APROBADOS DOS ANTEPROYECTOS DE LEY DEL Mº DE JUSTICIA DE INTERÉS: EFICIENCIA PROCESAL Y EFICIENCIA ORGANIZATIVA DEL SERVICIO PÚBLICO DE LA JUSTICIA
Se han aprobado en el Consejo de Ministros de ayer martes 12 de abril, dos Anteproyectos de Ley en segunda vuelta impulsados desde el Mº de Justicia, de interés para el economista forense:

A- Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal
B- Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de la Justicia
Comentamos que desde el Consejo General de Economistas (con el impulso del REFOR) se presentaron una serie de alegaciones a estos Anteproyectos en la primera vuelta en el 2021. Tras la aprobación del Consejo de Ministros, se llevarán al Congreso de los Diputados para su tramitación como Proyectos de Ley. Por el momento no está disponible el texto de cómo han quedado estos dos Anteproyectos de Ley, cuyo texto se conocerá cuando se inicie la tramitación parlamentaria como Proyectos de Ley.
Estos proyectos normativos están relacionados con el Plan Justicia 2030.
​
A) Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal:


Tiene como objetivo agilizar la actividad de la justicia en términos estructurales, facilitar la cohesión social y contribuir a un sistema de justicia más sostenible. Para ello, introduce los medios adecuados de solución de controversias (MASC) y reforma las leyes procesales.


Con los MASC se pretende reducir la litigiosidad, avanzando hacia la cohesión social -uno de los retos del Ministerio, alineado con los marcados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-, e impulsar la participación de la ciudadanía en el sistema de justicia, devolviendo a las partes su capacidad negociadora. Los MASC ayudarán también a reducir la sobrecarga de los tribunales, impulsando un servicio público de Justicia sostenible.


La norma establece un requisito de procedibilidad en los procedimientos civiles y mercantiles, que exige haber intentado una solución consensuada con carácter previo a la interposición de la demanda. Las partes podrán cumplir dicho requisito mediante la negociación directa entre las partes, la opinión de un experto independiente, la conciliación, la mediación o una oferta vinculante confidencial.


También contempla la figura de los servicios de medios adecuados de resolución de conflictos, para informar a la ciudadanía y operadores jurídicos sobre su naturaleza, contenido, efectos de su utilización y recursos existentes, así como auxiliar a los diferentes órganos judiciales respecto a la conveniencia de la derivación de un determinado caso a una actividad negociadora.


Este proyecto de ley regula también las medidas imprescindibles para la digitalización, adaptando la legislación española a las nuevas tecnologías de la información y la comunicación. En este sentido, modifica la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, teniendo en cuenta que la regulación completa se desarrolla en el anteproyecto de ley de eficiencia digital del servicio público de justicia.
B) Anteproyecto de Ley Orgánica de Eficiencia Organizativa del Servicio Público de la Justicia:


Transforma el modelo actual de la Justicia y contribuye a superar brechas de acceso a este servicio público, a la vez que refuerza la tutela judicial efectiva.


Se sustenta en tres figuras fundamentales -los Tribunales de Instancia, la Oficina Judicial y las Oficinas de Justicia en los municipios- que impulsan la territorialidad, la digitalización y el acceso igualitario a la Justicia.


Estas nuevas figuras son un elemento de acompañamiento para la ciudadanía: Se persigue que los ciudadanos y ciudadanas no se sientan solos ante situaciones que pudieran disuadirles de acercarse a las instituciones.


Así, habrá un tribunal de instancia en cada partido judicial con sede en la capital, de la que tomará el nombre. Se configura su organización por secciones, variable en función del volumen de asuntos y actividad que se concentra en el partido judicial.


Con ellos, se simplifica el acceso de la ciudadanía a la justicia, al haber solo un tribunal y no juzgados diferentes; favorece la especialización; y dota de mayor flexibilidad a la planta judicial, por lo que le permite adaptarse a las necesidades reales de cada momento.


Por otro lado, se completará el proceso de implantación de la Oficina Judicial en todo el territorio nacional. Será una ventanilla de acceso único a la justicia para la ciudadanía.


La Oficina Judicial mejora el servicio a los usuarios y a los propios profesionales, al conseguir una mayor agilidad y responder de forma homogénea a situaciones iguales. A su vez, la transformación digital favorecerá el trabajo deslocalizado, lo que permitirá reducir la huella ecológica, además de evitar la concentración de personas en el mismo edificio.


Asimismo, con la nueva norma, los juzgados de paz se transforman en Oficinas de Justicia en los municipios, fortaleciendo la presencia de la Justicia en todo el territorio, luchando contra la despoblación en zonas rurales y acercando el servicio público de Justicia a la ciudadanía.


En las Oficinas de Justicia se podrán celebrar juicios telemáticos, diligencias judiciales o conexiones por videoconferencia con los colegios profesionales, entre otras diligencias administrativas, ahondando en la reducción de los desplazamientos y, en última instancia, reduciendo el impacto medioambiental.


Acceso a resumen de estos dos Anteproyectos del Consejo de Ministros


Acceso a presentaciones de estos Anteproyectos de Ley (Mº de Justicia)


- A Eficiencia Procesal SP Justicia (MASC-mediación...)


- B Eficiencia Organizativa SP Justicia
Aprovechamos y os deseamos tengáis unos días de merecido descanso de Semana Santa y Feliz Pascua.


REFOR
13 de abril de 2022

   
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