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ESTUDIO FOGASA Y CONCURSOS ACREEDORES EVOLUCIÓN  PRIMER TRIMESTRE 2017 Y COMPARATIVA CON 2016"

26/4/2017

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ESTUDIO FOGASA Y CONCURSOS ACREEDORES EVOLUCIÓN  PRIMER TRIMESTRE 2017 Y COMPARATIVA CON 2016"  MEJORAN CIFRAS DEL FOGASA EN EL PRIMER TRIMESTRE DE 2017: acumulando los TRESprimeros meses de este año, han disminuido los pagos del FOGASA en empresas un 58,67%.La comparación del ratio o índice pagos del FOGASA/número de concursos, que elaboramos desde REFOR-CGE  ha disminuido de 3,29 en dichos tres meses en 2016 a 1,38 en 2017, lo que supone una disminución de un 42%.



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TURNO DE AUTOCOMPOSICION.       Modelo de impulso de la mediación.

22/4/2017

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April 21st, 2017

21/4/2017

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LAS VENTAJAS DEL CONCURSO DE ACREEDORES PARA LA REFINANCIACIÓN Y RESTRUCTURACIÓN DE LA EMPRESA

20/4/2017

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FUENTE i-ley
​ 

LAS VENTAJAS DEL CONCURSO DE ACREEDORES PARA LA REFINNANCIACIÓN Y RESTRUCTURACIÓN DE LA EMPRESA
 
1-La empresa concursada tendrá más posibilidades de financiación una vez declarado el concurso de acreedores
 
La principal ventaja para los bancos acreedores estriba en que en caso de declaración de concurso,las nuevas inyecciones de liquidez,bajo cualquier forma,tendrán las consideracion de créditos contra la masa y por tanto de pago preferente respecto de la totalidad de créditos concursales,originados con anterioridad a la declaración de concurso,mientras que las inyecciones de liquidez anteriores a una eventual posterior declaración de concurso tendrían la consideración de crédito concursal,salvo que se concediesen en el marco de un acuerdo de refinanciación.
 
2-De manera análoga tendrá mayores posibilidades de contratación con terceros
 
Por un lado los créditos generados por proveedores,suministradores,colaboradores,tendrán igualmente la consideración de créditos contra la masa y,por otro lado,los actos realizados por la empresa no tienen el riesgo de poder ser rescindidos por el ejercicio de la poderosa acción de reintegración concursal como si podrían serlo los realizados con anterioridad al concurso.
 
3-Rehabilitación de contratos de financiación
 
Según determinados requisitos,se podrán rehabilitar los contratos de préstamos y demas de crédito a favor de la concursada vencidos anticipadamente por impago de cuotas de amortización o intereses dentro de los 3 meses precedentes a la declaración. Se podrán rehabilitar los contratos de adquisición de bienes muebles o inmuebles con precio aplazado cuya resolución se hubiese producido dentro de los 3 meses precedentes al concurso
 
4- Mantenimiento de contratos de arrendamiento de inmuebles
 
Podrá enervarse la acción de deshaucio ejercitada contra la empresa concursada con anterioridad a la declaración de concurso.
 
5- Suspensión del devengo de intereses
 
 Desde la declaración del concurso de suspende el devengo de intereses legales y convencionales,salvo los créditos con garantía real,exigibles hasta donde alcance la garantía.
 
6-Refuerzo de las posibilidades de recuperación de cantidades retenidas a la empresa concursada
 
Declarado el concurso quedará suspendido el derecho de retención sobre bienes y derechos de la concursada,exceptuandose las retenciones impuestas por la legislación administrativa,tributaria,laboral y de seguridad social
 
7- Mayores posibilidades de cobro frente a los dueños de las obras que se estén ejecutando por la concursada
 
La ley concursal obliga a inadmitir a trámite el ejercicio de la acción directa contra los dueños de las obras,que se estén ejecutando por la concursada,por parte de sus acreedores por créditos por trabajos y materiales puestos en las obras ajustadas alzadamente,por tanto las cantidades adeudadas a la concursada serán cobradas por ella y no por los acreedores de ésta
 
8-Posibilidades de resolver contratos que no interese continuar
 
La concursada podrá solicitar la resolución de contratos vigentes si lo estimara conveniente y ello pese a que no exista ningún incumplimiento por la otra parte.
 
9-Suspensión del pago de los créditos concursales
 
Se suspende el pago de los créditos concursales generados con anterioridad a la declaración del concurso,que se pagarán en convenio o liquidación en la cuantía que resulte posible en el procedimiento.
 
10-Protección del patrimonio de la concursada
 
Se establece la paralización de ejecuciones,de forma que no pueden iniciarse acciones de ejecución singulares contra el patrimonio de la concursada y se suspenden las que estuviesen tramitándose,incluso los apremios administrativos o tributarios.
 
11-Evitación de la responsabilidad de los administradores sociales ante una situación de desequilibrio patrimonial por pérdidas
 
Con la presentación de la solicitud de concurso voluntario,los administradores sociales cumplen la obligación prevista en la ley de sociedades de capital de reaccionar ante una situación de desequilibrio patrimonial como consecuencia de pérdidas y evitan así la responsabilidad personal por las deudas contraidas con posterioridad a dicha situación.
 
12-Para alcanzar las soluciones formales y materiales para el pago de los acreedores previstas por la ley concursal
 
Tales soluciones se instrumentan,bien a través de un convenio con los acreedores o bien mediante la venta en fase de liquidación,en la fase de convenio,en la fase común o incluso antes,incluyendo una oferta vinculante de adquisición con la propia solicitud de concurso.
 
En relación con la transmisión de unidades productivas,se establecen importantes incentivos y ventajas,respecto de las mismas operaciones realizadas fuera del concurso
 
Exoneración de la obligación de pago de los créditos no satisfechos por el concursado antes de la transmisión,excepto cuando se transmita a personas especialmente relacionadas con la concursada.
 
 
 
 
 
 
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Dato REFOR de la semana 7/17 "ACUERDOS DE REFINANCIACIÓN HOMOLOGADOS PRIMER TRIMESTRE 2017"

20/4/2017

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Dato REFOR de la semana 7/17

"ACUERDOS DE REFINANCIACIÓN HOMOLOGADOS PRIMER TRIMESTRE 2017"
A continuación puede verse último informe del REFOR-CGE y su comparativa con años anteriores.
En el primer trimestre de 2017 ya observamos una preocupante caída en los acuerdos de refinanciación homologados del 45%
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CONCLUSIONES ESTUDIO EVOLUCIÓN DE LA PYME EN EL CONCURSODE ACREEDORES EN ESPAÑA HASTA  EL AÑO 2016"

20/4/2017

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CONCLUSIONES ESTUDIO EVOLUCIÓN DE LA PYME EN EL CONCURSODE ACREEDORES EN ESPAÑA HASTA  EL AÑO 2016"

20/4/2017

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 "CONCLUSIONES ESTUDIO EVOLUCIÓN DE LA PYME EN EL CONCURSO
DE ACREEDORES EN ESPAÑA HASTA  EL AÑO 2016" 
 
 Los concursos de acreedores en nuestro país tienen como protagonistas a las micropymes,  empresas con menos de diez  trabajadores, que representan según este criterio en 2016, más del 52% de los concursos y con el criterio de volumen de negocio inferior a 2 millones de euros en el 2011 (último dato disponible en el INE) casi un 68% de los concursos.
 
Las grandes y medianas empresas van disminuyendo pasando del 13,92% en 2005 a un 3,52% en 2015 (un ligero incremento en 2016 pero sólo representan un 3,68%).
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