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El proyecto de reforma de la Ley Concursal se enfrenta a 600 enmiendas: son precisos cambios para evitar su fracaso

29/3/2022

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El proyecto de reforma de la Ley Concursal se enfrenta a 600 enmiendas: son precisos cambios para evitar su fracasoLuis Javier Sánchez
|
28/3/2022 06:49
|
Actualizado: 28/3/2022 13:46





Los diputados tienen que hacer frente al ingente trabajo de analizar las 600 enmiendas presentadas al proyecto de Ley de reforma de la Ley Concursal. Algunas de ellas son de calado, como la eliminación de las barreras al acceso a la Segunda Oportunidad, la ampliación de la cantidad de exoneración del crédito público en estos procedimientos y la reducción del alcance del procedimiento especial para pymes, entre otras.
El constructo oficialmente se denomina Proyecto de Ley de reforma del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, para la transposición de la Directiva (UE) 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre marcos de reestructuración
preventiva, exoneración de deudas e inhabilitaciones, y sobre medidas para aumentar la eficiencia de los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, y por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre determinados aspectos del Derecho de sociedades
(Directiva sobre reestructuración e insolvencia).
Casi nada. Representa un trabajo ingente. Si Homero existiera hoy y tuviera que hacer una versión actualizada de su «Odisea» sin duda lo encajaría en los desafíos a los que tendría que hacer frente un moderno Ulises, convertido en diputado español. El paso por el estrecho, entre los monstruos Scilla y Caribdis, se antojaría casi como un juego de niños. Porque muchas de esas enmiendas son como trampas chinas.
Tienen solución, pero para eso se necesita voluntad política para llegar a acuerdos. El desafío es dar a la luz un texto sin agujeros negros. O con los menos agujeros negros posibles.
Y es que el sistema económico español se juega mucho con esta reforma. Así quedó patente en las numerosas comparecencias de autoridades de la Abogacía, como Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española (CGAE), y abogados especialistas en este terreno, Marti Batllori i Bas y Elisa Escolà Besora responsable y miembro del Grupo de Segunda Oportunidad de la Comisión de Normativa Colegio de la Abogacía de Barcelona-Consejo de la Abogacía Catalana (ICAB-CICAC).
Todos ellos expresaron su opinión sobre la reforma a principios de este mes.
Junto a ellos otros expertos como Unai Olabarrieta, vicepresidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC); Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas o Celia Ferrero, vicepresidenta de la Asociación de Autónomos (ATA), señalaron en sus intervenciones la necesidad de hacer ciertos cambios en el texto para que sea realmente eficaz.
“Hay que hacer cambios para que la norma sea útil y no sea un fracaso en su ejecución”, coinciden todos ellos.
EVITAR LA INDEFENSIÓN DE LOS DEUDORESElisa Escolà, como el resto de los abogados que intervinieron, defendió “la necesidad que el proyecto especial para micropymes, que se plantea para la mayor parte de las empresas, se reduzca a un ámbito más reducido. Y que puedan estar acompañadas de administrador concursal y abogado. Sin esas figuras el problema radicaría en la seguridad jurídica de la actividad”.
A su juicio “el deudor en este procedimiento nuevo, ‘online’ e impulsado por formularios está abocado a equivocarse y que se le generen otras responsabilidades que marca la ley. Vemos que hay indefensión y una vulneración de la tutela judicial efectiva. Nunca contar con un abogado debe plantearse como ahorrar costes, realmente”.
También subrayó que la propuesta en el actual proyecto de ley sobre venta de la unidad productiva “tiene que modificarse. Es bueno que se haya incluido el ‘prepack por’ ley. Pero es necesario que la idea de que el adquirente la mantenga durante tres años no parece lógico”.
“Poner barreras de entrada en una trasposición de la Directiva que busca la plena exoneración del deudor puede generar es que muchos deudores queden fuera al borde la exclusión y dentro de la economía sumergida”, afirma Elisa Escola.
A su juicio “esta medida desincentivará la compra de dichas unidades. Hay que darse cuenta que en un entorno como el que vivimos con la pandemia y la crisis derivada del conflicto de Ucrania no se puede hacer previsiones. Este requisito de mantenerlo durante tres años, de lo contrario se puede pedir daños y perjuicios no es lógico. Debe mantenerse como siempre ha estado”.
“Al final cree que todo se solucionaría con más control por parte del administrador concursal de a quién se adjudica esa empresa “saber si tiene viabilidad o musculo financiero, si al cabo de poco tiempo entra el concurso hay que examinar en su calificación concursal el origen de la insolvencia, si es fraudulenta o agravado”.
Otra cuestión que explicó fue la necesidad de eliminar las sanciones administrativas que podrían evitar que muchos deudores pudieran beneficiarse de la Segunda Oportunidad. “Es un limite que no tiene sentido. Una cosa es que no se exonere crédito público y otra que no puedas exonerarte de ningún crédito si estás en esta situación. Eso beneficia a los fondos que compran deuda o créditos a bancos. No siempre que hay ese tipo de sanción es que el deudor haya actuado por dolo”.
Para esta experta “poner barreras de entrada en una trasposición de la Directiva que busca la plena exoneración del deudor puede generar es que muchos deudores queden fuera al borde la exclusión y dentro de la economía sumergida”.

Elisa Escolà Besora miembro del Grupo de Segunda Oportunidad de la Comisión de Normativa Colegio de la Abogacía de Barcelona-Consejo de la Abogacía Catalana y abogada de BDO, señaló lo que podía fallar del proyecto de Ley.ADMINISTRADORES CONCURSALES, FIGURAS CLAVES CLAVESUnai Olabarrieta, abogado y economista, vicepresidente de ASPAC, recuerda que la reforma concursal es necesaria. “Es la primera vez que en muchos años se debate en el Congreso las modificaciones de calado de una reforma concursal. Cuando se aprobó en el 2003 la ley concursal se logró un consenso parlamentario. Ahora el reto es lograrlo con un panorama político más disperso”. 
Este proyecto de ley que se tramita en el Parlamento «tiene cosas buenas. Desde un punto de vista técnico de concurso, los aspectos de la refinanciación tienen una regulación mejor. Sin embargo, hay cuestiones que pueden generar un problema”.
Para este experto, “hay cuatro cuestiones concretas problemáticas que tienen que ver con la exoneración del crédito público, tal y como está en el proyecto de ley, que solo exonera 1000 euros de la Agencia Tributaria y otros 1000 de la Seguridad Social. Va a lastrar el mecanismo de Segunda Oportunidad“.
Otras cuestiones que cuestionan profesionales como Olabarrieta tiene que ver con “el procedimiento especial para micropymes de limitar su ámbito de actuación y que esas empresas estén acompañadas por expertos tanto abogados como administradores concursales».
Unai Olabarrieta, de ASPAC: “hay cuatro cuestiones concretas problemáticas que tienen que ver con la exoneración del crédito público, tal y como está en el proyecto de ley, que solo exonera 1000 euros de la Agencia Tributaria y otros 1000 de la Seguridad Social. Va a lastrar el mecanismo de Segunda Oportunidad“
A este respecto «se habla de agilizar los procedimientos concursales y de penalizar al administrador concursal si procedimientos como el de liquidación se extendieran más de seis meses. No es un plazo muy largo, no siempre los procesos pueden ser tan rápidos como se quiera plantear aquí hay que ser más flexible de lo que dice el proyecto de ley”.
Olabarrieta señala que “si esto no se arregla, nos tememos que mucha carga de trabajo va a ser asimilada por los juzgados, con los cargados que ya están. Es previsible que entrase en vigor en enero del 2023, aunque hay propuestas que señalen que se dilate el plazo citado”.
El presidente de ASPAC es consciente de que el tiempo se acaba. “Si se quiere aprobar la ley en junio va a ser complicado, ya estamos llegando a abril. De todas formas, el tema arranca de agosto del 2021 como anteproyecto. Ya están presentadas las posibles modificaciones. Falta el debate parlamentario y la votación, así y todo, vamos muy justos de tiempo”.

A Unai Olabarrieta, abogado y economista, vicepresidente de ASPAC, le preocupó que la Administración no exonere de deudas al solicitante de aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.SER REALISTA CON LA REFORMAPor su parte, Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas, opina que “es una ley compleja. Por la coyuntura que tenemos y por la que intuimos. Hay que darse cuenta que en este escenario de insolvencias hay muchos casos o matices”.
Al final, es como si estuviéramos “en un acantilado en el mar en el que confluyen muchas mareas. Hay dos temas que pivotan. Uno es el tema legal y el derecho a la propiedad. El otro es el aspecto económico. Un buen pacto puede ayudar a que la coyuntura mejore o no”.
«La voluntad de simplificar los procedimientos concursales creemos que es excesiva. Hay que potenciar la figura de abogados, economistas o administradores concursales. Al deudor no se le puede dejar solo”, según Valentín Pich
Para Pich “la ley intenta aplicar la Directiva comunitaria con una notable potencia de los temas económicos de reestructuración. Al mismo tiempo quiere simplificar todos los trámites concursales que son complejos. Hay que recordar que el 90 % son micropymes en España, mientras se estudia la situación a la que podemos llegar”.
Este experto cree «que todo es discutible. La adaptación de las normas comunitarias es una reacción correcta. Pero la voluntad de simplificar los procedimientos concursales creemos que es excesiva. Hay que potenciar la figura de abogados, economistas o administradores concursales. Al deudor no se le puede dejar solo”.

Valentín Pich, presidente del Consejo General de Economistas, cree que todos los problemas a los que hay que enfrentarse se pueden solucionar con consenso.Junto con todo esto este economista cree “que hay otras cuestiones que también son mejorables, como es la hiperprotección del crédito público que refleja la norma. Lo que se habla de exonerar solo 1000 euros parece escaso y exagerado”.
Sobre las 600 enmiendas que se plantean “es el reflejo del debate que hay en el Congreso. Hay que darse cuenta que es un texto muy técnico que tiene muchas aristas y matices. La sensación es que hay que hacer cambios. Los que defendemos a colectivos somos conscientes de esto”.
El presidente del Consejo General de Economistas cree, finalmente, que “está por ver qué modificaciones se van a meter tanto en lo referente al crédito público como al procedimiento simplificado para pymes. Sin olvidar la logística judicial que tiene el país, ya muy cargada de asuntos de distinta índole. Hay que ser realista con los plazos de resolución de los asuntos”, remacha.
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