QA CORPORATE. QUINTANILLA ALCAIDE ABOGADOS ECONOMISTAS Y AUDITORES ABOGADO CONCURSO DE ACREEDORES Y SEGUNDA OPORTUNIDAD
  • QA Corporate
  • Áreas y sectores
  • Equipo
  • Testimonios
  • Contacto
  • BLOG Abogados Concurso
  • Abogados Concursos de Acreedores
  • PREPACK
  • QA Corporate
  • Áreas y sectores
  • Equipo
  • Testimonios
  • Contacto
  • BLOG Abogados Concurso
  • Abogados Concursos de Acreedores
  • PREPACK
BLOG
CONCURSO DE ACREEDORES ALICANTE
 Despacho de Abogados en Alicante concursos
concurso Elche Abogados Concursales
Abogados concurso de acreedores alicante
CONCURSOS DE ACREEDORES
concurso sin masa persona física segunda oportunidad
prepack pre pack concursal

Impugnación del inventario y la lista de acreedores: Legitimación, socios. Concurso de acreedores.

10/2/2021

0 Comentarios

 


1) ROJ: SJM B 3337/2020, de 17 de diciembre.**

Juzgado Mercantil 6. Magistrado, Francisco Modesto Gil Monzó.

Impugnación del inventario y la lista de acreedores: Legitimación, socios.

La jurisprudencia establece amplísimos términos en el reconocimiento de la legitimación activa para la impugnación del inventario y la lista de acreedores, parece posible reconocer la misma también al socio de la concursada, cuyo interés propio consistiría en la hipotética cuota de liquidación en el patrimonio de la concursada que habría de percibir una vez concluido el concurso, el cual, podría verse afectado por las vicisitudes de la inclusión o no en los meritados documentos de los diferentes bienes y derechos.


2) ROJ: AAP B 10598/2020, de 28 de diciembre.**

Sección 15. Ponente, José María Fernández Seijo.

Presupuesto: Pluralidad de acreedores.
Insolvencia: Concurso necesario.

Supuesto de hecho: Tercero que satisface durante el concurso el crédito de todos los acreedores menos uno.

Este pago determinaría que, a fecha de solicitud de concurso, se acreditaría la pluralidad de acreedores y que incluso con posterioridad al mismo esa pluralidad se mantendría pues el tercero que hizo pago se subroga en la posición de esos acreedores, subrogación que esa ajena a la naturaleza de esos pagos y a su posible revisión en sede concursal.

Conforme a la originaria redacción de la Ley Concursal, el concurso tendría que haber sido declarado, sin embargo el Texto Refundido de la Ley Concursal incluye en el artículo 465 que en la lista definitiva de acreedores se constate la existencia de un único acreedor. La redacción del apartado 2º de este artículo parece zanjar la discusión sobre la necesidad de que exista pluralidad de acreedores para la declaración de concurso.

La valoración de la situación de insolvencia debe realizarse en el momento de la solicitud de concurso, así lo hemos establecido en distintas resoluciones (por todas los autos de 5 de febrero de 2018 -ECLI:ES:APB:2018:317A - y de 8 de marzo de 2019 - ECLI:ES:APB:2019:721A -).


Resumen realizado por José María Marqués Vilallonga

0 Comentarios



Deja una respuesta.

    REFOR 

    economistas Refor

    Click here to edit.
    Click here to edit.

    Archives

    Marzo 2023
    Febrero 2023
    Enero 2023
    Diciembre 2022
    Noviembre 2022
    Octubre 2022
    Septiembre 2022
    Agosto 2022
    Julio 2022
    Junio 2022
    Mayo 2022
    Abril 2022
    Marzo 2022
    Febrero 2022
    Enero 2022
    Diciembre 2021
    Noviembre 2021
    Octubre 2021
    Septiembre 2021
    Julio 2021
    Junio 2021
    Mayo 2021
    Abril 2021
    Marzo 2021
    Febrero 2021
    Enero 2021
    Diciembre 2020
    Agosto 2020
    Julio 2020
    Junio 2020
    Mayo 2020
    Abril 2020
    Marzo 2020
    Febrero 2020
    Enero 2020
    Diciembre 2019
    Noviembre 2019
    Marzo 2019
    Febrero 2019
    Enero 2019
    Diciembre 2018
    Noviembre 2018
    Octubre 2018
    Septiembre 2018
    Julio 2018
    Junio 2018
    Mayo 2018
    Abril 2018
    Marzo 2018
    Febrero 2018
    Enero 2018
    Diciembre 2017
    Noviembre 2017
    Septiembre 2017
    Agosto 2017
    Julio 2017
    Junio 2017
    Mayo 2017
    Abril 2017

    Categories

    Todo

    Canal RSS

Recomendado

Imagen
Abogados expertos en concursos de acreedores en Alicante, Elche, Alcoi, Benidorm, Denia y Orihuela.











 <a href="https://www.easyoffer.es/profesionales/qa-corporate/eliseo-quintanilla-ripoll/" style="display: inline-block">    <img src="https://abogados.easyoffer.es/badges/8888.png" alt="QA Corporate - Despacho recomendado por Easyoffer" title="QA Corporate - Despacho recomendado por Easyoffer">
</a>



    QA Corporate

Suscríbete al boletín informativo

Contactanos