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LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD. Un juez de Sevilla libera a una autónoma de más de medio millón de euros de deuda por la Ley de Segunda Oportunidad

31/5/2022

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LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
Un juez de Sevilla libera a una autónoma de más de medio millón de euros de deuda por la Ley de Segunda Oportunidad
  • El procedimiento se ha tramitado en menos de cinco meses



El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Sevilla ha exonerado a una autónoma  de las deudas por más de 500.000 euros, incluidos 10.000 euros a Hacienda. La mujer cayó en bancarrota tras el fracaso de un negocio familiar de restauración. La exoneración, técnicamente denominada "beneficio de exoneración de pasivos insatisfechos" o "BEPI", ha sido concedida aplicando la Ley de Segunda Oportunidad, de 2015.
A.S. y su marido J.F. constituyeron en 2005 una sociedad civil para poner en marcha un restaurante. Si bien los inicios fueron alentadores, la crisis de 2008 hizo que el negocio fuera económicamente inviable. El matrimonio empezó a no poder atender los préstamos con entidades financieras y los impuestos que gravaban el negocio. Esta situación desencadenó una cascada de reclamaciones administrativas y judiciales que hundió a la familia en la ruina. Desde entonces y hasta esta sentencia han vivido en una situación extrema, sin ingresos y con embargos y ejecuciones que les impedían volver a empezar.
A finales de 2021, el matrimonio inició un procedimiento de Segunda Oportunidad,,  que en un tiempo récord de cinco meses ha culminado en la concesión de la exoneración de deudas. Gracias a ello, el matrimonio ha podido empezar de nuevo y ahora, sin deudas ni embargos, regenta un floreciente negocio de comida para llevar. La exoneración se ha extendido también a más de la mitad de las deudas que el matrimonio tenía con Hacienda.
La exoneración de deuda con entidades públicas (Seguridad Social, Agencia Tributaria, etcétera) es uno de los puntos más discutidos del régimen de la Segunda Oportunidad. El Tribunal Supremo se pronunció en 2019 por la posibilidad de exoneración de parte de la deuda pública, en una controvertida interpretación de la Ley Concursal que se encontró con la frontal oposición de los Ministerios de Hacienda y de Justicia.
La Directiva Europea de Segunda Oportunidad aboga por la "plena exoneración" a través de "procedimientos ágiles" de la totalidad de las deudas personales, incluyendo las deudas con entidades públicas. Sin embargo, "el Gobierno español ha adoptado una postura extraordinariamente restrictiva al respecto. En los borradores iniciales de la reforma de la Ley de Segunda Oportunidad, se cerraba absolutamente la posibilidad de exoneración de deudas públicas. Tras el clamor y las protestas de los profesionales (abogados, administradores Concursales, y asociaciones de afectados), el Gobierno rectificó, pero sólo en parte, introduciendo en el borrador de reforma la posibilidad de exonerar hasta1.000 euros de deuda con Hacienda y 1.000 euros de deuda con la Seguridad Social", explica Carlos Fidalgo.
"La reforma, tal y como está planteada por el Gobierno, supone un hachazo al mecanismo de Segunda Oportunidad", sostiene Carlos Fidalgo, profesor de la Universidad de Sevilla y socio director de Moreana | Abogados, el despacho que consiguió la exoneración del matrimonio. "El Gobierno insiste en que el proyecto de reforma es una transposición fiel de la Directiva Comunitaria, cuando lo cierto es que no hace sino complicar y dificultar el acceso de los deudores de buena fe a la exoneración de deudas", insiste Fidalgo. "Y más allá de eso, en los casos, más escasos, en los que sí cabría la exoneración, ésta sería únicamente de las deudas con entidades financieras y proveedores privados, pero reservándose el Estado la práctica totalidad de su derecho a seguir reclamando sus créditos hasta la tumba".
Según la mujer que ha conseguido que le quiten la deuda de medio millón de euros., "la exoneración ha supuesto el final de un calvario de más de una década, en la que no teníamos salida por mucho que luchásemos. Ahora tenemos, como dice la ley, una nueva oportunidad para trabajar y emprender, para sacar adelante a nuestra familia y seguir contribuyendo a la sociedad". La Directiva de Segunda Oportunidad, de 2019, efectivamente afirma que la exoneración de deudas a los empresarios y autónomos arruinados de buena fe es un instrumento fundamental para conseguir que éstos se reincorporen a la vida económica, en bien no sólo de los deudores exonerados sino de la sociedad en general.
"Muchas personas no entienden que puedan exonerarse las deudas", explica Carlos Fidalgo. "Pero no se trata de una exoneración arbitraria ni el premio a defraudadores y tramposos, sino un instrumento para sacar de las cunetas de la economía a quienes, sin mala fe de su parte, se arruinaron y no tienen esperanzas de volver a resurgir".
La reforma de la Segunda Oportunidad, actualmente en trámite parlamentario, podría ser aprobada antes de verano, pues en junio vence el plazo que tiene España para trasponer la Directiva Comunitaria. Sin embargo, el carácter restrictivo de la reforma ha generado una gran oposición, sobre todo por parte de los profesionales y los afectados. El número de enmiendas está en torno a las 1.000, con lo que resulta difícil prever cuál será el resultado que finalmente se aprobará.
Frente a esa incertidumbre, que afecta a futuros procedimientos, A.S. y J.F. pueden mirar al futuro con confianza. Se encuentran entre los pocos miles que, desde 2015 hasta la fecha, han iniciado y conseguido culminar sus procedimientos de segunda oportunidad y exoneración de deudas. "Pero el número de personas insolventes que se han acogido a la Segunda Oportunidad en España es muy bajo en comparación con los países de nuestro entorno", resalta Fidalgo. "La segunda oportunidad iba siendo cada vez más conocida, pero la reforma en curso podría impedir su consolidación".

 juzgados  deuda

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