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"Los planes de reestructuración son eficaces para afrontar las situaciones de dificultad empresarial"

26/7/2023

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La nueva Ley Concursal prima los procesos de reestructuración para evitar que empresas viables con problemas puntuales tengan que terminar en el clásico proceso concursal que, en no pocas ocasiones, termina en liquidación. A continuación, presentamos un análisis de las novedades de prevención de la insolvencia que incorpora la ley y cómo la normativa ofrece más oportunidades de superar una crisis puntual. 

¿Qué novedades más importantes aporta la nueva Ley Concursal en materia de prevención de la insolvencia?
La nueva Ley Concursal, vigente desde septiembre de 2022, ha introducido una novedosa figura en el marco de la prevención de la insolvencia, conocida como “Plan de Reestructuración”, que ha venido a sustituir a los antiguos e ineficaces acuerdos de refinanciación y acuerdos extrajudiciales de pago. Su puesta en marcha la convierten en una herramienta más ágil, flexible y con un ámbito de aplicación mucho más amplio que el de sus predecesoras.

¿Se espera que esta normativa sea más eficaz para que las compañías superen con más facilidad que hasta ahora las situaciones de dificultad? ¿Contribuye a dar estabilidad al tejido productivo?
La oportunidad y alcance de esta reforma concursal son muy positivos, ya que la evolución de la situación económica nacional y mundial exige la adopción de medidas que permitan la continuidad de la actividad empresarial, dotando de mayor estabilidad al tejido productivo y a los diversos agentes que operan en el mismo (entidades de índole pública y privada, accionistas y trabajadores, entre otros grupos de interés).

¿Por qué es tan importante la incorporación de la figura de la probabilidad de insolvencia?
La norma ha incorporado un nuevo tipo de insolvencia, además de la actual o inminente (que se refiere a la imposibilidad de cumplir de forma regular y puntualmente las obligaciones dentro de los tres meses siguientes), la que se denomina probabilidad de insolvencia, que se refiere a una situación en la que sea objetivamente previsible que, de no alcanzar un Plan de Reestructuración, la empresa y/o autónomo no será capaz de cumplir regularmente con sus obligaciones que venzan en los próximos dos años. Es decir, la acción preventiva se sitúa en un estadio mucho más temprano de la insolvencia, lo que permite a la empresa detectar los problemas de una forma más precoz y tomar decisiones adecuadas para tratar de evitar la insolvencia.

¿Qué alcance tienen los Planes de Reestructuración?
En lo referente al contenido, los nuevos Planes de Reestructuración tienen mayor alcance que los anteriores acuerdos de refinanciación, ya que antes se centraba la atención, principalmente, en solventar dificultades financieras, mientras que su trascendencia actual permite ir mucho más lejos puesto que incluye medidas en relación con el activo, el pasivo y/o el patrimonio neto de la empresa, capitalizaciones de deuda, ventas de unidades productivas, daciones en pago o medidas de reestructuración operativas, entre otras cuestiones.



¿Cualquier empresa o autónomo pueden acogerse a los Planes de Reestructuración?
Esta figura está especialmente pensada para  convertir las empresas y/o autónomos con problemas económico-financieros que empleen a más de 10 trabajadores, y tengan un volumen de negocio anual superior a 700.000 euros o un pasivo superior a 350.000 euros, en compañías viables a medio-largo plazo.

¿Qué importancia adquiere la formación de clases de acreedores dentro de un Plan de Reestructuración?
El elemento de inflexión más importante, desde nuestro punto de vista, es la capacidad que tiene este sistema de arrastre (extensión) de los efectos a los acreedores que no estén a favor de la reestructuración (disidentes), que no solamente podrán ser financieros, sino también comerciales, públicos (aunque con muchas limitaciones) y accionistas. Esta aportación es sumamente trascendental ya que, además de poder arrastrar a acreedores disidentes dentro de una misma clase de acreedores (arrastre intra clase) con mayorías que habrán de suponer un 66,66% en términos generales (salvo que se refieran a acreedores con garantía real, que habrán de suponer un 75%); también se puede arrastrar a clases enteras de acreedores (arrastre inter clase), puesto que para la aprobación del Plan de Reestructuración lo que prima es tener una mayoría simple de clases que voten a favor de la reestructuración, y no el voto a favor de la mayor parte del pasivo de la entidad, dotando al proceso de mucha más flexibilidad.

De tal forma que reviste especial relevancia la formación de clases, tanto en número como en su contenido, de cara a la obtención de las mayorías necesarias para su aprobación.


¿Qué papel va a jugar el Experto en la Reestructuración? ¿Por qué es importante contar con un equipo de apoyo experto y multidisciplinar?
En este proceso, bajo ciertas premisas, se hace necesaria la novedosa figura también introducida con la última reforma de la Ley Concursal, el conocido como “Experto en la Reestructuración”, profesional que asiste tanto a la empresa y/o autónomo como a los acreedores durante el proceso de negociación y en la elaboración del Plan, y que será el responsable de la emisión de diversos informes de vital importancia para la consecución o no del Plan.

Es evidente que la última reforma concursal ha supuesto un cambio de paradigma en el sistema de insolvencias nacional pues no solamente se reduce a mínimos la intervención judicial, sino que, además, permite poner en marcha procesos de reestructuración hasta dos años antes de que se produzcan hechos que conduzcan a una situación de insolvencia, dotando a las empresas de nuevas herramientas de detección temprana para evitar la pérdida de valor empresarial.


¿Cómo beneficiarte de la Ley de Segunda Oportunidad?
El primer paso es contar con un asesoramiento profesional para garantizar una gestión adecuada en el proceso judicial. En QA CORPORATE contamos con amplia experiencia en concursos de acreedores, exoneración de pasivo insatisfecho y suspensión de las ejecuciones derivadas de insolvencia actual, inminente o probable.

Los especialistas de QA CORPORATE consideramos que en este nuevo escenario los empresarios deben tomar decisiones de forma proactiva más que reactiva frente a las adversidades del entorno y, para ello, ponemos a su disposición nuestro departamento especializado en Reestructuraciones e Insolvencias, capaz de ofrecer el asesoramiento adecuado para la detección temprana de dificultades. Contamos con un equipo de profesionales con el conocimiento y la experiencia necesarios para actuar en los procedimientos como Expertos en la Reestructuración, acompañando a los empresarios en todo el proceso.
Tras un análisis detallado de la documentación acreditativa de la situación de insolvencia del deudor, se inicia el procedimiento a instancia de parte ante el Juzgado Mercantil competente. Una vez tramitada la solicitud se da comienzo a la fase judicial, donde se presentan dos modalidades: el deudor tendrá la opción de elegir entre la exoneración con liquidación de patrimonio o sin liquidación pero con plan de pagos.

Garantizando una atención personalizada, desde QA CORPORATE le asistiremos en todas las etapas e instancias del proceso, desde la declaración de concurso, hasta la exoneración del pasivo insatisfecho. 

¿Tienes una deuda y cumples los requisitos para beneficiarte de la Ley de Segunda Oportunidad! ¡Contacta sin compromiso con nosotros y te asesoraremos!
QA CORPORATE - Quintanilla & Alcaide Abogados, Economistas y Auditores
C/ Pintor Lorenzo Casanova nº36 
CP 03003 Alicante 
Teléfono: 965 349 420

Fuente: Entrevista a Alejandro Núñez García por Fermín Crespo para Alicante Plaza (2023)
Etiquetas: Abogado, Ley de Segunda Oportunidad, Alicante, Concursal, Concurso de Acreedores, Prepack, Experto en Reestructuración, Exoneración, Deudas futuras, Insolvencia.
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